En marzo, los niños retornarán a las aulas para reencontrarse con sus compañeros y maestros luego de casi 2 años de haberse suspendido la enseñanza presencial por causa del covid-19. En estos días, los padres de familia volverán a los ajetreos por la compra de útiles escolares, uniformes, el pago de pensiones y otras responsabilidades que deberán cumplir.
Sin embargo, los colegios privados también tienen la obligación de informar con anticipación a los padres o tutores como se llevará el próximo proceso de matrícula y las medidas de bioseguridad que primarán en las instituciones educativas para un buen inicio del año escolar 2022.
A continuación, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) señala todo lo que deben conocer los padres de familia acerca de las obligaciones de los colegios privados para el retorno seguro a clases:
¿Cómo es el proceso previo a la matrícula?
La institución debe informar por escrito las condiciones del servicio educativo 30 días antes de iniciarse el proceso de matrícula, señalando los montos, números y formas de pago de las pensiones, y posibles aumentos de la pensión.
Asimismo, el colegio indicará si cobrará un interés moratorio por retraso de las pensiones (no debe sobrepasar el interés legal fijo del Banco Central de Reserva); si retendrá el certificado de estudios ante la falta de pago de pensiones y cuál será la forma y procedimiento de devolución de la cuota de ingreso.
¿Cuáles son los únicos cobros que los colegios privados pueden realizar?
Cuota de ingreso. Es un pago que se realiza por única vez y corresponde solo para los nuevos estudiantes. En caso el alumno se retire de la institución educativa, este monto será reembolsado conforme a la normativa vigente (D.U. N°002-2020).
Matricula. Se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor al monto de la pensión.
Pensiones. El cobro es mensual. El pago adelantado de pensiones está prohibido.
¿Qué sucede si el colegio solicita otro tipo de pago?
Está prohibido el pago de cuotas extraordinarias o realizar cobros por cualquier otro concepto distinto a los estipulados como, por ejemplo, bingos, rifas, colectas, etc. En caso de suceder esta situación deberá denunciarlo ante Indecopi.
¿Pueden exigir todos los materiales educativos desde el primer día de clases?
Indecopi precisa que los colegios no pueden exigir todos los útiles escolares desde el primer día de clases, así como solicitar otros que no respondan a las necesidades de aprendizajes de los estudiantes. De igual forma, la institución tendrá que informar si los uniformes o materiales educativos se podrán adquirir en cualquier establecimiento, a elección del consumidor.
En cuanto a los textos escolares, éstos pueden ser nuevos o de segundo uso a diferencia de los cuadernos de tarea, trabajo o de actividades, que solo se pueden utilizar por única vez y pueden ser físicos o virtuales.
¿Los colegios privados disponen vacantes para niños con discapacidad?
Los colegios privados deben reservar dos vacantes por cada aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada.
Se encuentra prohibido el pago de cuotas voluntarias o de montos por adaptabilidad o accesibilidad para personas con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.
En este reinicio de clases, ¿qué tipo de servicios educativos podrán ofrecer los colegios?
Presencial. En horario regular de lunes a viernes con la presencia física del docente y los estudiantes, cumpliendo con las condiciones de bioseguridad. La jornada de clases deberá cumplir con el horario dispuesto por el Gobierno.
Semipresencial. Combinará momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo los 5 días de la semana. El horario se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones y programas educativos.
A distancia. En este caso, el estudiante recibirá clases virtuales o alguna otra forma de enseñanza donde desarrolle sus competencias. Este servicio se prestará de manera excepcional por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Ministerio de Salud (Minsa) por cuarentenas y/o condición de comorbilidades de los estudiantes.
¿Qué condiciones de bioseguridad deben cumplir los centros educativos?
Los colegios tienen que mantener las puertas y ventanas abiertas para asegurar la circulación del aire. Es recomendable priorizar las actividades en espacios abiertos. El mobiliario escolar estará dispuesto, de tal forma, que exista el distanciamiento entre los estudiantes.
La implementación de estaciones de lavado o desinfección de manos se ubicarán cerca de la puerta de ingreso del centro educativo donde se contará con un dispensador de alcohol en gel o líquido al 70 % de concentración.
¿Los niños pueden llevar alimentos al colegio?
Los estudiantes solo podrán consumir alimentos traídos desde su hogar y consumirlos con distancia física de 2 metros, en un espacio abierto y acompañado del docente. Los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados durante la emergencia sanitaria, excepto en los modelos de servicio educativo con residencia donde se permitirá el uso de comedores, respetando las condiciones de bioseguridad.
¿Qué medida adoptará el centro educativo de detectarse un caso de covid-19?
De presentarse un contagio por covid-19 las clases se suspenderán en el aula donde se detectó el caso y tanto estudiantes como docentes tendrán que cumplir la cuarentena establecida por el Gobierno.
Además, el centro educativo deberá notificar, a través de sus canales de comunicación, la suspensión temporal del uso de los ambientes e informar a las familias la fecha del reinicio de las clases.
¿Donde se puede ubicar vacantes en colegios públicos o privados?
El Ministerio de Educación (Minedu) ha creado una plataforma, denominada Identicole, para conocer, comparar y encontrar el mejor colegio para su hijo. En este lugar, se puede hallar un centro educativo con vacantes disponibles para este año ingresando a la página web de dicha institución.