Genaro del Carpio: Gestión pública – Parte I

Para poder entender aspectos importantes de la gestión pública, es necesario primero definirla en forma sencilla. La gestión pública en el Perú está definida como el conjunto de procesos y acciones que los funcionarios llevan a cabo para administrar adecuadamente los recursos públicos de la entidad en la que laboran y de ese modo puedan cumplir con las metas institucionales.

Es decir, de qué manera las personas que tienen la responsabilidad de manejar fondos del Estado, deben hacerlo cumpliendo determinadas normas tanto internas como externas.

También es importante anotar que es la estructura del Estado; asi, está definida en la Constitución Política del Perú aprobada mediante referéndum, promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994. El gobierno es unitario, representativo y organizado según el principio de separación de poderes, ejercido por un Estado unitario, se organiza según el principio de la separación de los poderes. Existen tres poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y el Poder Judicial. Siendo cada uno de ellos autónomo e independiente. En consecuencia, el Estado tiene cuatro elementos básicos y generales:

  1. Posee gobierno (poder político)
  2. Tiene un pueblo (como nación)
  3. Ostenta territorio
  4. Está regulado con base en un estado de derecho que lo legitima y que basa su organización en la división de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La pregunta que sigue seria ¿Qué se gobierna?

Veintiséis regiones, una provincia constitucional del Callao, 196 municipalidades provinciales, 1,678 municipalidades distritales y 2, 740 municipalidades de centros poblados.

En consecuencia: ¿Cuál es el organigrama del estado?

En la parte mas alta del citado organigrama figuran:

  • Poder Legislativo
  • Poder Ejecutivo
  • Poder Judicial
  • Organismos constitucionales autónomos
  • Gobiernos Regionales
  • Gobiernos locales

Cada uno de estas entidades a su vez se subdividen en otras

  • Poder Legislativo (Congreso de la Republica)
  • Poder ejecutivo (18 ministerios, Consejo de ministros y presidencia del consejo de ministros)
  • Poder Judicial (Corte Suprema de justicia – Academia de la Magistratura, etc.)
  • Organismos constitucionales autónomos (JNE – ONPE – RENIEC – CNM – TC – MP – FISCALIA GENERAL – DEFENSORIA DEL PUEBLO – SBS – CGR – BCR – JNJ
  • Gobiernos regionales (26)
  • Gobiernos locales (196 provinciales – 1,678 distritales – 2,740 centros poblados)

(seguiremos)

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