La bancada Juntos por el Perú presentó un proyecto de ley para prohibir la afiliación a organizaciones políticas de personas que tengan sentencia en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por delitos de corrupción de funcionarios, terrorismo, narcotráfico, violación sexual y feminicidio.
La propuesta legislativa del congresista Edgar Reymundo modifica el artículo el artículo 18° de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
De esta forma, se establece que no podrán afilarse a un partido político o dejarán de ser afiliados, las personas que tengan una sentencia en primera instancia en calidad de autores o cómplices por delitos antes mencionados.
De igual manera, los ciudadanos deberán informar, mediante una declaración jurada, de todos los procesos judiciales y/o administrativas que tengan en curso, en cualquiera de sus etapas.
Dicha declaración formará parte de la ficha de inscripción del afiliado, que deberá actualizarse una vez al año y será de público conocimiento.
Se precisa que en caso de que dos o más organizaciones políticas presenten como afiliado a un mismo ciudadano, la afiliación válida será del partido que la presentó primero ante el Registro de Organizaciones Políticas, siempre que se cumpla con los requisitos de validez y las formalidades previstas en la norma.
La afiliación realizada a través de la ficha correspondiente, diseñada por el Registro de Organizaciones Políticas, debe ser aceptada por la organización política.
La iniciativa legislativa se enmarca en el Acuerdo Nacional dentro de la política sobre el fortalecimiento del régimen democrático y del Estado de derecho.