La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), modificó el Anexo Nº 1 de la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000980, a fin de incorporar la circunscripción territorial de la Intendencia de Aduana de Chancay y modificar la circunscripción territorial de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao.
Así lo estableció a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000192-2024/SUNAT, publicada hoy en la edición del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
De esta manera, las circunscripciones de ambas intendencias de aduana quedan establecidas de la siguiente manera:
A) Intendencia de Aduana de Chancay
- Provincia de Pasco.
- Provincia de Daniel Alcides Carrión.
- Provincia de Cajatambo.
- Provincia de Huaral.
- Provincia de Oyón.
- Provincia de Barranca.
- Provincia de Huaura.
- Distrito de Ancón de la provincia de Lima.
B) Intendencia de Aduana Marítima del Callao
- Provincia de Lima, excepto el distrito de Ancón.
- Provincia de Huarochirí.
- Provincia de Canta.
- Provincia de Yauyos.
- Provincia de Cañete.
- Provincia Constitucional del Callao, excepto las áreas que constituyen la circunscripción territorial de la Intendencia de Aduana Aérea y Postal.
- Provincia de Huancayo.
- Provincia de Concepción.
- Provincia de Jauja.
- Provincia de Tarma.
- Provincia de Junín.
- Provincia de Yauli.
- Provincia de Chanchamayo.
- Provincia de Satipo.
- Provincia de Oxapampa.
- Provincia de Chupaca.
La presente resolución rige a partir de la entrada en vigencia de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Supremo Nº 127-2024-EF y la Resolución de Superintendencia Nº 000149-2024/SUNAT.
La norma lleva la rúbrica del Superintendente Nacional de Sunat, Gerardo López Gonzáles.
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