La Sala Plena del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TTAIP), órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó 22 nuevos criterios a fin de garantizar el derecho al acceso a la información pública.
Dichos lineamientos buscan brindar predictibilidad en la atención de las solicitudes de la ciudadanía y brindan a las entidades y a la ciudadanía una serie de pautas para interpretar y aplicar adecuadamente la normativa sobre la materia.
Se tratan del Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2024-JUS.
Ambos instrumentos normativos desarrollan el procedimiento administrativo por el cual las personas pueden solicitar y obtener información bajo posesión o control de las entidades de la Administración Pública.
Entre los lineamientos aprobados, se contemplan criterios orientadores para que las entidades públicas comuniquen adecuadamente la liquidación del costo de reproducción por copias físicas y la respuesta por correo electrónico a una solicitud de acceso a la información pública.
También para que se conozcan los criterios sobre procesamiento de datos preexistentes y eliminación de archivos, claridad sobre los documentos que coadyuvan a la calificación del recurso de apelación, entre otras pautas.
De esta forma, el Tribunal de Transparencia contribuye a que las personas puedan obtener una respuesta apropiada y predecible a sus solicitudes de acceso a la información pública, lo cual favorece la supervisión del desempeño de las autoridades, la participación ciudadana en los asuntos públicos y el ejercicio de los derechos fundamentales.
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