El Poder Ejecutivo oficializó hoy cinco decretos legislativos, entre los cuales se encuentran los que otorgan beneficios tributarios a los sectores acuícola, forestal y de atún, además de ampliarse las exoneraciones del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Mediante el Decreto Legislativo Nº 1515, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se modifica la Ley General de Acuicultura con el objetivo de aplicar los beneficios tributarios de tasas reducidas del Impuesto a la Renta y la depreciación acelerada previstos en la Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario, agroexportador y agroindustrial, a las actividades de la acuicultura.
Asimismo, a través del Decreto Legislativo Nº 1516, se uniformiza el costo por el acceso a la estabilidad tributaria que prevén los Convenios de Estabilidad Jurídica regulados por los Decretos Legislativos N° 662 y N° 757.
También, vía Decreto Legislativo Nº 1517, se modifica la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, con el fin de aplicar los beneficios tributarios consistentes en las tasas reducidas del Impuesto a la Renta y la depreciación acelerada previstos en la Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario, agroexportador y agroindustrial, al sector forestal y de fauna silvestre.
Además, por Decreto Legislativo Nº 1518, se modifica la Ley del Impuesto a la Renta, para cambiar las rentas netas presuntas de fuente peruana que perciban los contribuyentes no domiciliados y las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituida en el exterior a fin de incluir a la extracción y venta de recursos hidrobiológicos.
Las medidas señaladas entrarán en vigencia a partir del 1 de enero del 2022.
Por último, mediante Decreto Legislativo Nº 1519, se dispuso la prórroga de la vigencia de la exoneración del IGV aplicable a las operaciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y a la emisión de dinero electrónico. Dicha extensión de la prórroga será hasta el 31 de diciembre del 2024.
Los decretos legislativos emitidos por el Gobierno se enmarcan dentro de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo, para que durante 90 días calendario pueda legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica, con el fin de contribuir al cierre de brechas sociales.