El Ministerio de Salud (Minsa), a través de la Dirección General de Personal de la Salud (Digep), aprobó el Documento Técnico: Segunda fase del perfil de competencias esenciales que orientan la formación de los profesionales de la salud Químico (a) Farmacéutico (a), Psicólogo (a), Nutricionista y Cirujano (a) Dentista.
Este documento, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 316-2022/MINSA, tiene la finalidad de contribuir a la articulación de las carreras de salud de educación superior universitaria, con las necesidades de los servicios de salud y la sociedad en general.
Además, sirve como referente en los procesos de gestión de recursos humanos de los establecimientos de salud del Minsa, de las Gerencias Regionales de Salud (Geresa), Direcciones Regionales de Salud (Diresa), de EsSalud, Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
La aprobación de la segunda fase del perfil de competencias de los grupos profesionales mencionados, se ha desarrollado de acuerdo a las necesidades de salud de la población, del avance científico y de las competencias esenciales que el Sistema Nacional de Salud demanda de los futuros profesionales de la salud.
Estas competencias podrán ser complementadas con otras competencias que las escuelas o facultades de ciencias de la salud tengan a bien considerar en el marco de su autonomía universitaria.
La metodología para la formulación del perfil de competencias se desarrolló a través del diálogo participativo y consenso con las entidades formadoras, prestadoras y la sociedad civil, es decir de manera similar que la primera fase que aprobó el Perfil de competencias esenciales del Médico (a) y Enfermero(a) peruano(a) mediante Resolución Ministerial N° 960-2020-MINSA.
Cada perfil establecido en el documento técnico está compuesto por la descripción y rol del profesional, y el perfil de competencias según su propósito, competencias técnicas y competencias conductuales.
Cabe mencionar que el Ministerio de Salud viene elaborando en una tercera fase las competencias esenciales para el profesional Obstetra, Trabajador(a) Social, Biólogo (a), Tecnólogo (a) Médico (a) y Médico (a) Veterinario (a), conforme a las funciones de la Autoridad Sanitaria.
Es importante destacar el trabajo articulado entre la Dirección General de Personal de la Salud (Digep), la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (Dgiesp), la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digmid), la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Secretaría General, avalados por el viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y el viceministerio de Salud Pública, para el logro de este objetivo.