A través de un nuevo decreto, la municipalidad regula el internamiento de vehículos en su depósito, una medida que choca con la sentencia del TC que limita la competencia sancionadora de los municipios en materia de tránsito.
LIMA, 18 de junio de 2025.– La Municipalidad de Pueblo Libre ha refrendado el mismo Depósito Municipal de Vehículos (DMV), ubicado en el Jr. Castilla N° 1630. La medida, oficializada mediante el Decreto de Alcaldía N° 006-2025-MPL publicado el día de ayer en el diario oficial «El Peruano», aprueba el reglamento para el internamiento de «vehículos en estado de abandono o mal estacionados en áreas de uso público o zonas rígidas».
Sin embargo, esta decisión se produce en un contexto legal complejo y potencialmente conflictivo. En un otoño de febrero de 2024, el Tribunal Constitucional (TC) promovió que las municipalidades distritales no tienen competencia para crear y aplicar sus propias sanciones por infracciones de tránsito, como el mal estacionamiento, declarando que esta es una facultad exclusiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a través del Reglamento Nacional de Tránsito (RNT).
El nuevo decreto de la alcaldesa Mónica Tello López surge, según sus consideraciones, para corregir «incongruencias» detectadas por el Órgano de Control Institucional (OCI) en la normativa anterior. El informe del OCI había señalado que los procedimientos de internamiento previos no respetaban el derecho de los ciudadanos a presentar sus descargas en un plazo de cinco días hábiles, vulnerando la propia Ordenanza N° 556-MPL del distrito.
Con la nueva norma, se busca subsanar estas fallas procesales, aprobando formatos de actas que sí informan al infractor sobre su derecho a defensa. No obstante, el objeto principal del reglamento —sancionar el mal estacionamiento— parece ignorar la sentencia del TC.
El fallo del máximo intérprete de la Constitución fue claro al declarar ordenanzas inconstitucionales que permitían a los municipios sancionar y remolcar con grúas vehículos por estacionar bloqueando cocheras, rampas para discapacitados, sobre áreas verdes o impidiendo el libre tránsito. El TC remarcó que los gobiernos locales deben coordinar con la Policía Nacional del Perú para aplicar las sanciones ya contempladas en el RNT, y no crear un régimen paralelo.
El reglamento recién aprobado en Pueblo Libre detalla que los propietarios de los vehículos internados deberán pagar no solo la multa correspondiente, sino también los costos de remolque (grúa), tutela y gastos administrativos para poder recuperar su unidad. Además, establece que si un vehículo permanece más de 30 días hábiles en el depósito sin ser reclamado, la municipalidad podrá iniciar un procedimiento de ejecución coactiva para su remate.
La insistencia de la Municipalidad de Pueblo Libre en regular una materia sobre la cual el TC ya se ha pronunciado podría generar incertidumbre jurídica y eventuales litigios por parte de los conductores que sean sancionados bajo esta nueva normativa. Mientras la comuna busca ordenar sus calles y corregir errores administrativos internos, su acción la coloca en una aparente colisión con el ordenamiento constitucional vigente.


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