La Octava Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia, estando como ponente, el magistrado Anzelmo Barreto León, decidieron confirmar la Resolución del Expediente No. 06891-2020-0-1801-JR-PE-12, emitido por el 12º Juzgado Penal – Reos Libres, a cargo del juez, Rodolfo Moisés Neyra Rojas, mediante el cual, declara improcedente la Querella, presentada, por el procurador de la Municipalidad de Pueblo Libre, Max Daniel Crespo Loayza.
Dicha Sala, resolvió declarar infundada la solicitud presentada contra Javier Yoplac, director de Pueblo Libre Tve, por el presunto delito contra el Honor-difamación agravada, en agravio de la Municipalidad de Pueblo Libre.
PROCURADOR QUERÍA S/. 500 MIL SOLES DE YOPLAC
El procurador Crespo Loayza, quién a todas luces se ve, que lo hizo por especial encargo del alcalde de la Municipalidad de Pueblo Libre, Stephen Haas Del Carpio, solicitaba una reparación civil de S/. 500,000 soles.
LOS ARGUMENTOS
El procurador Crespo Loayza, argumentó en los considerandos de la querella que, Javier Yoplac, había publicado, con fecha 15 de octubre de 2020, en su página de Facebook denominada, Pueblo Libre TVe, una nota informativa titulada “Pueblo Libre: Audio pone en evidencia favoritismo a la empresa ECO-RIN”, adjuntando “la imagen del frontis del Palacio municipal de Pueblo Libre y un audio de 04:13 minutos de duración, presentando a la Municipalidad de Pueblo Libre como una entidad signada por la corrupción, al supuestamente haber accedido a irregularidades e influencias, para favorecer a una empresa particular en el proceso de licitación para la contratación del servicio de recojo de residuos sólidos, induciendo a error a la opinión pública con dicha noticia falsa, dañando la imagen y reputación del mencionado municipio”.
LA SALA RESUELVE
La Sala presidida por, Barreto León indica que la actuación de Javier Yoplac, como ciudadano y periodista, no constituye ofensa punible, dirigida exprofesamente a desprestigiar el honor y la buena reputación de entidad edilicia, ya que en el contexto en que se dio, se ejecuta al ejercicio regular de su derecho de control y fiscalización de los actos de la administración edil, los cuales, son de interés público.
YOPLAC SE PRONUNCIA
En conversación con Javier Yoplac, respecto al resultado de dicha resolución, indicó que se siente satisfecho y contento, porque la Sala ha resuelto conforme a ley. Además, dijo que, con dicha resolución, le dan un jalón de orejas no solo al alcalde Stephen Haas, sino también a las demás autoridades, que se sienten intocables y no quieren responder por sus actos. Como dijo la Sala, las autoridades están expuestas al escrutinio público” argumento Yoplac.
En cuanto, a la contrademanda, indicó que cuando salga la resolución a su favor como, consentida y ejecutada, evaluará presentar una demanda por daños y perjuicios. Lamentablemente, en este caso, la Municipalidad de Pueblo Libre, se verá afectada, pues dicha entidad, tendrá que pagar por los desaciertos y errores de sus funcionarios, sentenció.
Preguntado sobre el caso del Recojo de Residuos Sólidos del distrito de Pueblo Libre, Yoplac dijo, que esa es una papa caliente, pues cree que este tema le traerá muchos dolores de cabeza a Haas y sus funcionarios, porque sucedieron cosas extrañas en cada proceso que se debía licitar. Al final se declaraban en emergencia y contrataban directamente con el proveedor, acotó.
PLAZO DE 5 DÍAS
A pesar que la Sala, ya resolvió, la Municipalidad de Pueblo Libre, tiene cinco días útiles luego de recibida dicha resolución, para apelar.