Una práctica común en diversos distritos de Lima y provincias ha sido declarada fuera de la ley por el máximo intérprete de la Constitución. El Tribunal Constitucional (TC), en su reciente Sentencia 437/2023 (Exp. 00014-2021-PI/TC), ha puesto un freno definitivo a los operativos de grúas municipales que actúan sin el acompañamiento de la Policía Nacional del Perú (PNP) asignada al control de tránsito.
El fin de las «grúas autónomas»
Muchos conductores han sido testigos —o víctimas— de cómo grúas municipales levantan vehículos mal estacionados sin que exista un efectivo policial en la escena que valide la infracción. Según los fundamentos 110 al 115 de la sentencia del TC, esta acción es inconstitucional.
El Tribunal aclara que el internamiento de un vehículo en el depósito municipal es una «medida preventiva» que solo puede derivar de una infracción de tránsito debidamente detectada. Dado que el TC ha ratificado que solo los policías de tránsito o carreteras tienen la competencia para intervenir y levantar una papeleta in situ, la grúa no puede actuar por su cuenta. Sin papeleta impuesta por un policía competente, el levante del vehículo se convierte en un acto arbitrario que usurpa funciones policiales.
¿Por qué la municipalidad no puede actuar sola?
El fallo explica que la labor de iniciar un procedimiento administrativo sancionador (la imposición de la papeleta) requiere una capacitación anual técnica que solo poseen los efectivos de tránsito de la PNP, según el D.S. 028-2009-MTC.
Los fiscalizadores municipales o el personal de serenazgo no tienen la facultad legal para determinar si un vehículo infringe el Reglamento Nacional de Tránsito. Por lo tanto, si una grúa municipal retira un auto de la vía pública sin que un policía de tránsito haya redactado y firmado la papeleta en ese preciso momento, la municipalidad está violando el bloque de constitucionalidad y el principio de legalidad.
Solo personal especializado: No basta con «ser policía»
La sentencia es rigurosa: no basta con que haya «un policía» acompañando a la grúa. El efectivo debe pertenecer a la unidad de tránsito o carreteras. Un policía de comisaría, de turismo o de águila negra no puede intervenir en temas de tránsito, salvo en operativos programados y comunicados por escrito, o en casos de flagrante delito.
«Los efectivos no asignados al control de tránsito o carreteras mal harían en intervenir vehículos con el ánimo de detectar infracciones (…) y menos aplicar la medida de retención (traslado a la comisaría o depósito)», señala el fundamento 110.
¿Qué pueden hacer las municipalidades?
El TC no les quita la función de velar por el orden, pero las obliga a trabajar bajo el mando de la PNP. Las municipalidades pueden proveer el equipo logístico (las grúas y los depósitos municipales), pero la autoridad que decide y legaliza la intervención debe ser siempre el policía de tránsito.
Si un ciudadano es testigo de que una grúa municipal está levantando su vehículo sin la presencia del efectivo policial de tránsito, se encuentra ante un acto que contraviene lo dispuesto por el Tribunal Constitucional y podría interponer las acciones legales correspondientes por nulidad del procedimiento.
Guía rápida para el conductor:
- ¿Quién me puede intervenir? Solo la Policía de Tránsito o de Carreteras (uniforme con chaleco reflectante distintivo y asignado a esa unidad).
- ¿Puede la grúa llevarse mi carro si no hay policía? No. El levante del vehículo es la ejecución de una sanción que nace de una papeleta que solo el policía de tránsito puede imponer.
- ¿Qué pasa si es un operativo municipal? Debe contar obligatoriamente con la participación de la Policía de Tránsito para que las papeletas y el uso de la grúa sean legales.
Esta sentencia busca acabar con el uso recaudatorio de las grúas municipales y garantizar que el control del tránsito se realice de manera técnica y dentro de los cauces de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.
¿Qué acciones legales puedo tomar si la grúa se llevó mi vehículo sin apoyo policial?
Si usted es víctima de un levante de vehículo por una grúa municipal sin la presencia de un efectivo de la Policía de Tránsito, se encuentra ante un procedimiento nulo. Estas son las acciones que puede emprender:
- Recurso de Impugnación y Pedido de Nulidad Administrativa:
Debe presentar un escrito ante la Municipalidad solicitando la nulidad del acta de control o papeleta municipal. El argumento central es la «falta de competencia» del funcionario municipal para intervenir en materia de tránsito, citando expresamente la Sentencia del TC Exp. 00014-2021-PI/TC. Según la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General), un acto dictado por una autoridad incompetente es nulo de pleno derecho. - Denuncia ante INDECOPI por «Barreras Burocráticas Ilegales»:
Usted puede interponer una denuncia ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI. El cobro de multas y derechos de depósito basados en una ordenanza que excede las competencias municipales puede ser declarado una barrera ilegal, lo que obligaría a la municipalidad a dejar de aplicar dicha sanción y podría generar multas contra la comuna. - Denuncia Penal por Abuso de Autoridad:
Al usurpar funciones de la Policía de Tránsito, los funcionarios y fiscalizadores involucrados podrían estar incurriendo en el delito de Abuso de Autoridad (Art. 376 del Código Penal). El ciudadano puede acudir a la Fiscalía de Prevención del Delito o a la comisaría del sector para sentar una denuncia contra los que resulten responsables del operativo ilegal. - Acción de Amparo o Proceso Contencioso Administrativo:
Si la vía administrativa no resuelve el problema, el conductor puede acudir al Poder Judicial. El Proceso Contencioso Administrativo sirve para anular la deuda y exigir la devolución del dinero pagado por el rescate del vehículo (coacción). En casos donde se afecte el derecho a la propiedad de forma flagrante, una Acción de Amparo podría ser viable. - Reclamo de Indemnización por Daños y Perjuicios:
Si el vehículo sufrió daños durante el remolque realizado por una grúa que actuaba de forma ilegal (sin policía), la Municipalidad es civilmente responsable. El propietario puede demandar una indemnización que cubra las reparaciones, el costo del alquiler de otro vehículo y el daño moral causado.
Recomendación: Siempre grabe con su celular el momento de la intervención. La ausencia de un policía de tránsito en las imágenes es la prueba más poderosa para anular cualquier multa de este tipo.
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