El más cercano asesor o asistente del precandidato Miguel Yagui Higa, es, sin lugar a dudas, Luis Antonio Vidal Inga y eso se pudo corroborar, el día de la inauguración del local de campaña de Avanza País, en el distrito de Pueblo Libre, pues, en todo momento estuvo asistiendo, incluso hasta con los nombres de los precandidatos a regidores, que su precandidato a la alcaldía desconocía.
Como saben, el día de mañana domingo 22, se llevarán a cabo las elecciones internas de partidos políticos que optaron bajo la modalidad de Delegados, y es por ello que estuvimos indagando, sobre las denuncias que tienen o tendrían algunos pre candidatos a regidores, en este caso de, Miguel Yagui Higa y encontramos algunas sorpresas.
Léeme pudo acceder a algunas denuncias policiales y en ellas, se lee una, en contra de, Luis Antonio Vidal Inga, quién en el año 2019, fue denunciado, por la Comisión del Delito contra la Confianza y la Buena fe en los Negocios (Libramiento indebido).
VIDAL CON DENUNCIA PENAL POR LIBRAMIENTO INDEBIDO
Resulta que, según la denuncia policial, presentada por, Aizic Luis Kogan Lock, indica que Vidal Inga, en representación de la empresa, AMERIPLANET S.A.C. giró 11 cheques sin fondo, de una cuenta cancelada, por un monto total de, S/. 264,156.00 soles.
Lo grave del tema, como lo hemos mencionado líneas arriba, es que según nuestra investigación, la Cuenta Corriente del Banco Continental con la cual Vidal Inga, giró dichos cheques, habría sido cancelada, justamente, por lo mismo, haber girado cheques sin fondos a terceras personas y aparentemente; habría otros agraviados.
Otro dato más.
Según otra información que manejamos, de los 11 cheques girados por Vidal Inga, solo uno, el No. 00000123, por un monto de S/. 29,790 soles, ha sido materia de la denuncia Penal y esto se encuentra en proceso de investigación, en el 30vo. Juzgado Penal Liquidador de Lima, a cargo del magistrado, Raúl Jesús Vega.
Los otros 10 cheques, no pudieron ser ingresados a este caso, por cuanto, fueron presentados fuera del plazo, que establece la norma de Títulos Valores.
Consultamos con un especialista en este tema y nos explicó que para que los 11 Cheques sean materia de una denuncia penal, por falta de fondos, tendría que Kogan Lock, haber puesto a cobro, en el transcurso de 30 días y solo lo hizo con uno de ellos. Esa es la razón, por el cual, los otros 10 cheques, solo podría solicitar la cobranza; por la vía civil.
Este lunes 23 se llevará a cabo una audiencia, solicitada por Vidal Inga, a efectos de llegar a un acuerdo.
Pero, si ya se sorprendió con lo que hemos narrado, que diría si le decimos que la empresa AMERIPLANET S.A.C., de propiedad de Vidal Inga, según información que manejamos, no tendría patrimonio, ni tampoco, Vidal como persona natural.
Ante esto, nuevamente recurrimos al especialista, para preguntarle sobre que otras opciones tiene Kogan Lock, para poder cobrar el total de la deuda y nos informó, que como dato adicional, la Norma de Títulos Valores ha sido modificada, para evitar esos abusos. Antes solo podías denunciar al representante de una empresa que gira cheques sin fondos, si un cliente lo ponía a cobro en el Banco dentro del plazo de los 30 días. Ahora, ha sido agregada otra modalidad, “Si el cheque ha sido puesto a cobro al Banco y no tiene fondos, pero resulta que cuando giró el cheque, la cuenta ya estaba cancelada, también constituye delito, acotó.
A raíz de este cambio en la norma, nuestro especialista agregó que si Kogan Lock, lo desea, incluso, podría ampararse en esta nueva modificatoria y ampliar la denuncia por el total de los 11 cheques y así, poder cobrar, todo lo adeudado.
VIDAL CON DENUNCIA POR VIOLENCIA PSICOLÓGICA
Otro caso, que también nos llamó poderosamente la atención, fue la denuncia, del mismo año 2019, en la que, Francisca Eufemia Pacheco Arenas, de 65 años, denuncia a, Vidal Inga, por violencia psicológica, tras haber sido amenazada, por Vidal Inga, diciéndole que si cambiaba las chapas de la oficina de su propiedad; la iba a meter presa.
Pacheco Arenas, quién es propietaria de la oficina ubicada en Calle Colón No. 110 oficina, 405, refirió a Léeme, que dicho local le fue alquilado a Vidal Inga, pero este lamentablemente no solo le dejó de pagar, sino, que actuó de mala fe.
“Yo le di tiempo para que él pagara. Incluso, le dije que me pague de a pocos, porque vi que su empresa no estaba rindiendo frutos, pero lamentablemente mi local, lo había subarrendado a otra persona. En el contrato yo especifiqué, que no se podía subarrendar (…) la verdad, son un montón de frescos estas personas. Se aprovecharon porque yo era una mujer sola», argumentó.
En otro momento, nos contó Pacheco que “Los del edificio, prácticamente le obligaron a pagar el mantenimiento, para que él pueda retirar sus cosas y yo, solo me pude quedar con unos muebles.”, acotó Pacheco Arenas.
Vidal Inga, se fue sin pagar la suma de US$ 4,250 dólares, correspondientes a 5 meses de renta, según nos informó la señora Pacheco.
“Por estas razones, no me parece aconsejable, que tengan que votar por esa persona – en referencia a su precandidatura como reidor- (…) este señor nada que ver, será para que les deje el distrito, peor de lo que está”, se preguntó la señora.
Léeme se comunicó a Luis Vidal, para recibir su opinión sobre estos hechos, pero no nos contestó el celular.
EL DELITO DE «LIBRAMIENTO INDEBIDO«
El delito de libramiento indebido, previsto en el inciso 1, artículo 215 del Código Penal, se refiere al giro de un cheque sin tener provisión de fondos suficientes, el cual se materializa cuando el agente emite el cheque como medio de pago, a sabiendas de que a la fecha de su cobro el beneficiario no podrá hacerlo efectivo, sea porque la cuenta carece de fondos suficientes o porque no los tiene.
Al evaluar este delito a efectos del protesto del título valor, se debe tener en cuenta el tipo de cheque emitido, pues conforme con el artículo 199 de la Ley 27287, Ley de Títulos Valores, existe el cheque de pago diferido, que es una orden de pago emitida a cargo de un banco, bajo condición para su pago de que transcurra el plazo señalado en el mismo título. De esta forma, se trata de títulos valores que a diferencia del cheque común no pueden ser presentados para su cobro a partir de la fecha de su emisión sino de la fecha que se indique allí.