Hospedajes y arrendadores obligados a registrar a extranjeros en plataforma virtual

Desde hoy martes 10 de diciembre, los hospedajes y arrendadores deberán registrar a los ciudadanos extranjeros, a los que les brinden sus servicios, en una plataforma virtual gratuita de la Superintendencia Nacional de Migraciones con el objetivo de reforzar la seguridad migratoria y el orden interno.

Ello en cumplimiento del Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su Reglamento, y que obliga a los hospedajes y arrendadores a exigir los documentos de viaje o de identidad de las personas extranjeras.

Dicha norma busca fomentar una migración segura, ordenada y regular, así como estandarizar que, tanto peruanos como extranjeros cumplan las mismas exigencias para acceder a los referidos servicios.

Como parte de esta medida, los extranjeros tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su Carné de Extranjería o Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.

Los hospedajes que no cumplan con la disposición y no soliciten la documentación a las personas extranjeras, no registren adecuadamente su información ni la transmitan a la plataforma de Migraciones, serán pasibles de sanción con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/. 10,300 soles a la fecha.

De esta manera, tanto los hospedajes como arrendadores podrán mitigar el riesgo de que sus establecimientos puedan ser usados en actividades ilícitas y así, contribuir todos con la seguridad nacional.

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