Perú: conozca los nuevos aforos para negocios hasta el 16 de enero

El Gobierno publicó el Decreto Supremo que actualiza en todo el país, hasta el 16 de enero, los nuevos aforos de los negocios y actividades recreativas y culturales según el nivel de alerta frente a la covid-19.

El Decreto Supremo 186-2021-PCM, publicado esta noche en la edición extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, amplía también el estado de emergencia por 31 días más, a partir del sábado 1 de enero, tal como lo adelantó el ministro de Salud, Hernando Cevallos.

De acuerdo con la norma, ahora hay 11 provincias del país con nivel de alerta alto: Bagua, Chepén, Concepción, Huamanga, Huancavelica, Santa, Sullana, Piura, Sechura, Talara y Virú.

En dichas jurisdicciones, el toque de queda comenzará desde las 11 de la noche hasta las 4 de la mañana de lunes a domingo hasta el 16 de enero. El nivel de aforo de sus negocios y actividades se mantiene respecto del anterior Decreto:

  • Actividades en espacios cerrados:

.Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
.Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
.Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
.Casinos y tragamonedas: 40%
.Cines y artes escénicas: 40%
.Bancos y otras entidades financieras: 60%
.Templos y lugares de culto: 40%
.Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
.Eventos empresariales y profesionales: 50%
.Peluquería y Barberia: 50%
.Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
.Coliseos: 0%
.Gimnasios: 40%

  • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):

.Artes escénicas
.Enseñanza cultural
.Restaurantes y afines en zonas al aire libre
.Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
.Baños termales al aire libre
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
.Eventos empresariales y profesionales al aire libre
.Mercados itinerantes
.Estadios deportivos: 0%

Alerta moderado: Lima y Callao

Todas las demás provincias del país, incluyendo Lima y Callao, se mantendrán en alerta moderado hasta el 16 de enero. En ese caso, el toque de queda será de 2 a 4 de la mañana de lunes a domingo.

Sin embargo, el viernes 24 y el viernes 31 de diciembre el toque de queda en estas provincias será desde las 11 de la noche hasta las 4 de la madrugada a fin de evitar aglomeraciones y reuniones sociales por Navidad y Año Nuevo, refiere la norma.

En el nivel de alerta moderado, el nivel de aforo de los negocios y actividades se redujo y será el siguiente:

Nivel de alerta moderado:

  • Actividades en espacios cerrados:

.Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 60% (antes 80%)
.Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60% (antes 80%)
.Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% (antes 80%)
.Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% (antes 100%)
.Casinos y tragamonedas: 50% (antes 50%)
.Cines y artes escénicas: 60% (antes 80%)
.Bancos y otras entidades financieras: 60% (antes 80%)
.Templos y lugares de culto: 60% (antes 80%)
.Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60% ( antes 80%)
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60% ( antes 80%)
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60% ( antes 80%)
.Eventos empresariales y profesionales: 60% ( antes 80%)
.Peluquería y Barberia: 60% (antes 60%)
.Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60% (antes 60%)
.Coliseos (vacunados con 2 dosis):40% (antes 40%)
.Gimnasios: 60% (antes 60%)

  • Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):

.Artes escénicas
.Enseñanza cultural
.Restaurantes y afines en zonas al aire libre
.Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
.Baños termales al aire libre.
.Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
.Eventos empresariales y profesionales al aire libre
.Mercados itinerantes
.Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 30% (antes 30%)

Otras medidas

El Decreto Supremo 186-2021-PCM también oficializa las medidas anunciadas ayer, como la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas y comida en playas, ríos y piscinas públicas los días 25, 26 y 31 de diciembre y 1 y 2 de enero. La disposición rige en todo el país y busca evitar la propagación de la covid-19.

De igual manera, el decreto dispone que la verificación del carnet físico o virtual de vacunación para ingresar a espacios cerrados deberá realizarse con algún documento oficial de identidad.

También ordena que los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los que brindan servicios de delivery, sólo podrán operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, su esquema completo de vacunación.

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