De manera sorprendente, María Rosa Villar Calderón, actual regidora de la Municipalidad de Pueblo Libre, quién actualmente viene buscando que algún partido político, funja como Vientre de Alquiler, para que ella pueda postular a algún cargo de elección popular, propuso como personas ilustres del distrito, en sesión del Concejo Municipal del pasado 9 de agosto, a los cuestionados, Hugo Valdivia Fernández y al Patronato Cívico de Apoyo a la Compañía de Bomberos Voluntarios Magdalena 36, liderado por, Janeth Chávez Vega.
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Al parecer, no todos los regidores estaban enterados de los cuestionamientos que tienen, tanto Valdivia Fernández como Chávez Vega, tanto dentro, como fuera de la Magdalena 36.
El caso es que, después de haber sido aprobada por unanimidad la propuesta de la regidora Villar en Sesión de Concejo, los regidores, Carlos Arana Urteaga y Piero Mori Zumarán, alertados por Eduardo Celis, ex comandante de Bomberos Magdalena 36, decidieron solicitar la reconsideración de la entrega de dicha Medalla y por ese motivo, no le quedó otra al alcalde Stephen Haas Del Carpio que, convocar para el día de hoy día a las 4:30 p.m. a una Sesión Extraordinaria para tratar el tema.
A su turno, Villar Calderón emitió un comunicado en su red social, como culpando a los dos regidores que solicitaron la reconsideración, ya que los mencionados condecorados ya habían sido comunicados.
En un anterior informe, nos habíamos referido a la regidora Villar y sus movida políticas, ahora tocaremos otro tema, que trata fundamentalmente sobre el dinero que recaudó el Patronato, en los años en que Valdivia Fernández era comandante de la Magdalena 36.
SOLO EN GESTIÓN DE VALDIVIA SE HICIERON ACTIVIDADES PROFONDO DE LA MANO DEL PATRONATO
Lo extraño de todo esto, es que solo durante la gestión del brigadier Valdivia Fernández, el Patronato de la Magdalena 36 realizó actividades pro fondos, salvo la del último 15 de julio y lo alarmante, es que más del 62.42% de gastos efectuados, no tiene un sustento legal.
Es más, llama también la atención, que el mismo Brigadier mencionado líneas arriba, haya cobrado por un chofer y paramédico la suma de S/. 3,000 soles mensuales y haya encima, emitido un recibo provisional. También hay otro recibo por un monto de S/. 7,500 soles que indica que se habrían realizado gastos en la compañía, sin saber en qué se gastó y menos con un sustento legal.
LA NORMATIVA
Según el ARTÍCULO 5 del Reglamento Interno del CGP dice que, el Servicio los miembros del CGBVP desarrollan las actividades descritas en el artículo 4° y prestan servicio público de manera voluntaria y ad honorem. Es decir, no pueden recibir dinero y menos en efectivo y sin un sustento legal.
Según una Resolución de la Intendencia del CGB No. 119-2028-INBP, en el inciso 7.2 de disposiciones generales indica que, el personal rentado y no rentado que conforman la INBP y el CGBVP, están prohibidos de solicitar o recibir donaciones a título personal y/o a favor de algún organismo público distinto de la INBP, bajo responsabilidad.
LOS DESCARGOS DEL BRIGADIER VALVIDIA
En conversación telefónica con Hugo Valdivia, este dijo en respuesta a todos los cuestionamientos de Eduardo Celis y también sobre el pedido de reconsideración por parte del regidor Carlos Arana, para no entregarle la Medalla lo siguiente: «seguramente no le gusto al señor Arana, me parece, porque si estuviera cuestionado ya estuviera denunciado. Me embarran por las hue…”, acotó.
“No me muero por una medalla o reconocimiento. Tengo 40 años de bomberos, 3 de aspirante y 7 jefe de los bomberos. Para mi eso ha sido abrirme las puertas del cielo”, apuntó Valdivia.
Respecto a Eduardo Celis, dijo “tenemos una bronca personal con él. Yo he escuchado que él ha hecho la compra de una Escala Telescópica y a la vez hay un doble documento sobre el mismo vehículo. “Por eso yo le envié una carta notarial y el hue… me quiere embarrar como sea y éramos amigos, pero así son las cosas y nos agarramos a bronca. A mocazos nos agarramos los dos” expresó Valdivia.
En cuanto al dinero entregado a Valdivia, sin un documento valor que lo sustente, dijo que eso lo pagó la Municipalidad de Magdalena. Ellos depositaron a la cuenta del Patronato y ella -Chávez- sacó de su cuenta S/. 7,500 soles y me los entregó y le firme un papel por ese monto y pague a los bomberos y ellos me dieron un recibo por ese dinero y les entregue al Patronato y tuvieron que haberse roto ese papel, dijo el mismo Valdivia.
Preguntado al mencionado Brigadier sobre por qué no entregó factura o boleta la empresa Construcciones Novoa E.I.R.L. cuando construyó el segundo piso, dijo que desconocía el motivo. “Que haya un problema con la documentación, si es cierto, pero que se haya gastado en lo que se ha gastado, si es cierto. Yo soy testigo y he controlado, que ese dinero se haya gastado para el fin que tenía cada actividad», acotó.
EDUARDO CELIS, EL BOMBERO DENUNCIANTE
En tanto que Eduardo Celis, contestó que él no le tiene bronca, al contrario, siente mucha lástima por Hugo Valdivia. Lo que sucede es que “cuando asumo el puesto de comandante de la Magdalena 36, cito a Janeth Chávez con presencia del capitán Guillermo Zevallos y la señora Chávez se pone a llorar y me dice que no tiene nada, porque al comandante Valdivia le había dado el dinero en la mano y él no me lo ha sustentado.
En otro momento, Celis dijo que pregunta a Valdivia, el motivo del por qué nunca presentaron un balance y dijo porque algunos bomberos no habían pagado y no los quería perjudicar. «En ese momento le creí y luego cuando entró como comandante de la Magdalena 36, veo lo que pasa en el Patronato», subrayó.
En cuanto a la Escala 40, contó que le costó US$ 16,000 dólares y que no le habían entregado ese dinero, ese dinero fue trasferido a un bombero de USA porque él tenía una cuenta en ese país. El señor Masulo no quería recibir dinero de otro país y por eso se transfirió a otro bombero, para que él gire un choque a nombre del señor Masulo, para la compra de dicho vehículo. La señora Chávez tiene todos los documentos.
«El cambio del documento de compra a donación figura así no porque lo haya decidido yo, sino porque la Intendencia pagó por el transporte y nosotros pagamos por la compra» sustentó Celis.
El bombero Celis, también dijo que sucede que, según las normas, el Patronato no podría donar el vehículo comprado y por eso tenía que figurar como donación de USA y eso nos dijeron a nosotros en una reunión… “y cuando gustes te puedo dar una entrevista para explicarte con detalle este caso”, subrayó Celis.
CHÁVEZ LA PRESIDENTE DEL PATRONATO DA SU VERSIÓN
A su turno, Janeth Chávez preguntada sobre el motivo por el cual, no emitió comprobantes legales por cada transacción que realizó, dijo que era porque tenía problemas con la inscripción del Patronato en Registros Públicos. También dijo sobre el motivo por el cual no tiene un comprobante legal sobre la construcción del segundo piso por parte de la empresa, Construcciones Novoa, dijo que lo hizo para evitar el I.G.V. porque sino le hubiera costado más dicha construcción.
En conversación con Pueblo Libre Tve, Chávez también dijo que era por problemas de inscripción del Patronato y creemos que esto no sería cierto, porque dicho Patronato tiene operando desde hace 11 años aproximadamente y la auditoria que le hacen es en los periodos de los años 2018, 2019 y 2020.
Llama profundamente la atención el grado de informalidad administrativa con que lidera dicho patronato Chávez Vega, porque de acuerdo a un análisis que ha hecho Pueblo Libre Tve a la auditoria realizada por la empresa JAR Contable S.A.C. arroja que son más de S/. 230 mil soles los que no tendrían un sustento legal y por tanto, se habrían omitido declaraciones a la SUNAT y tampoco pueden transparentar la gestión de dicho Patronato.
REGIDOR ARANA SUSTENTA EL MOTIVO DE LA NEGACIÓN A ENTREGAR DICHAS CONDECORACIONES
En conversación telefónica con Carlos Arana Urteaga, regidor de la MPL, indicó que no está de acuerdo con entregar la “Medalla al Mérito vecinal” porque Valdivia habría sido suspendido como Bombero y luego reingresó a los Bomberos. El hecho que haya pertenecido 40 años a los bomberos, no indica que lo haya ejercido como tal, porque siempre ha sido administrativo. Hay bomberos que si han dado su vida por dicha institución. “Los que se han quemado en los incendios”, apuntó.
“En cuanto al Patronato de Bomberos Magdalena 36, no estoy de acuerdo porque nunca han entregado documentos contables sustentatorio de lo recaudado. También porque hay una denuncia ante la cuarta departamental de Lima por todos estos malos manejos”, subrayó Arana.
LO POSITIVO Y NEGATIVO DEL PATRONATO
Ahora si bien es cierto, con las actividades que ha realizado el Patronato se han conseguido cosas positivas, como comprar una escalera telescópica, pagar el transporte de una Unidad de Rescate, entre otras cosas, lo cierto es que los malos manejos generar dudas sobre el destino que se la ha dado a los recursos recaudados por el Patronato de Bomberos Magdalena 36.
EN CUANTO A LA AUDITORIA AL PATRONATO MAGDALENA 36
Una auditoria contable encargada por la Compañía de Bomberos Magdalena 36, a la empresa JAR Contable S.A.C. solamente para los años 2018, 2019 y 2020, concluyó que el “Patronato Cívico de Apoyo a la Compañía de Bomberos No 36” no opera con transparencia y han sido sumamente negligente en el ordenamiento de las formas técnicas mínimas, por lo cual recomienda tomar acciones a fin de determinar un presunto lavado de activos o presunto beneficio de terceros.
Este informe de auditoría a los que Pueblo Libre Tve ha tenido acceso, arroja lo siguiente:
LIBRO No. 1 – GESTIÓN 2018-2012
Solo contiene el Acta de Asamblea General, informe de gestión y elección de Junta Directiva.
LIBRO No. 2 – LIBRO DE INVENTARIO Y BALANCES
Este libro no tiene ningún balance, pero si hace referencia al total de ingresos y egresos del periodo de enero a diciembre de 2019, destacando que la presentación de ingresos y egresos, mensuales y anuales ha sido presentados de manera incorrecta. Es decir, comprobantes sin ningún valor legal, entre otros.
LIBRO No. 3 – LIBRO DE INVENTARIO Y BALANCES
De forma incorrecta han sido presentados los ingresos y egresos.
LIBRO No 4 – CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL SEGUNDO PISO – SALA DE MAQUINAS
En este libro hay documentos sin sustento legal e inconsistencias en los siguientes rubros:
– Contrato privado valorizado en S/. 50,786.61 soles por concepto de construcción del segundo piso.
– Un presupuesto que hace referencia a la primera etapa del salón valorizado en S/. 36,700.89 soles.
– 07 pagos en papel simple firmados y con huella digital dónde se informa un gasto de S/. 25,786.10 soles, entre otras irregularidades.
LIBRO NO. 5 – ACTIVIDAD POLLOS A LA LEÑA 2018
Actividad de Pollos a la Leña del año 2018, muy aparte de que el libro según el mencionado informe señala que se encuentra seccionado, hay un monto de S/. 52,572.80 soles que corresponde a un 54.46% de un total recaudado en dicha actividad que asciende a S/. 96,530.90, que no tiene un sustento legal. Salvo, recibos en papel bond sin respaldo legal.
LIBRO NO. 6 – RIFA 2019
En este año fue el más escandaloso, por cuanto la rifa que realizó el Patronato en el año 2019, recaudó la suma de S/. 198,433.78 y un 75.37% de la recaudación no tienen como sustentar el gasto efectuado. Es decir, hay S/. 149,566.50 soles, los que no tienen un documento legal que lo respalde. Solo presentaron recibos en papel bond.
LIBRO 7 COMPAÑÍA DE BOMBEROS MAGDALENA 36 – 2019
Según lo descrito en este libro, ha habido gastos del orden de los S/. 44,666.80 soles y existen S/. 27,885 soles sin sustento válido.
Los documentos informales presentados en este libro, pretenden sustentar un 62.42% de gastos efectuados
MARCO LEGAL
Según el artículo 1 del Decreto Ley No. 25632, Ley Marco de Comprobantes de Pago dice, que están obligados a emitir comprobantes de pago, todas las personas que transfieran bienes, en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza. Esta obligación rige aun cuando la transferencia o prestación no se encuentre afecta a tributos.
Asimismo, en el artículo 2 dice que se considera comprobante de pago, todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios, calificado como tal por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT.
INFRACCIONES AL CÓDIGO TRIBUTARIO
Artículo 172º.- TIPOS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS
Las infracciones tributarias se originan por el incumplimiento de las obligaciones siguientes:
1. De inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción.
2. De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos.
3. De llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos.
4. De presentar declaraciones y comunicaciones.
5. De permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma.
6. Otras obligaciones tributarias.
Artículo 174º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS
Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago:
1. No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.
2. Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.
Artículo 174º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE EMITIR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO
Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de emitir y exigir comprobantes de pago:
1. No otorgar los comprobantes de pago u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como tales.
2. Otorgar comprobantes de pago que no correspondan al régimen del deudor tributario o al tipo de operación realizada, de conformidad con las leyes y reglamentos
(3) Numeral sustituido por la Tercera Disposición Final de la Ley N.° 27877, publicada el 14 de diciembre de 2002.
4. No obtener el comprador los comprobantes de pago por las compras efectuadas.
5. No obtener el usuario los comprobantes de pago por los servicios que le fueran prestados.
(4) 6. Remitir bienes sin el comprobante de pago, guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión, o con documentos que no reúnen los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, u otro documento que carezca de validez.
(4) Numeral sustituido por la Tercera Disposición Final de la Ley N° 27877, publicada el 14 de diciembre de 2002.
(5) 7. No sustentar la posesión de productos o bienes gravados, o la prestación del servicio, mediante los comprobantes de pago que acrediten su adquisición o prestación y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la posesión.
también el código tributario especifica como infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos, en su artículo 175.
Artículo 176º.- INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES, entre otras.
También podría ser aplicable el Decreto Legislativo No. 1106, Ley de Lavado de Activos, dónde se contempla iniciar investigación a las personas jurídicas o naturales que reciban donaciones o aportes de terceros.
Según la Ley de Sociedades, en su artículo 175 obliga que toda información debe ser fidedigna y por tanto el directorio debe proporcionar a los accionistas o socios y al público, las informaciones suficientes, fidedignas y oportunas que la ley determine respecto de la situación legal, económica y financiera de la sociedad y establece en su artículo 177 que los directores son responsables ilimitada y solidariamente, ante la sociedad, los accionistas y los terceros por los daños y perjuicios que causen por los acuerdos o actos contrarios a la ley, al estatuto o por los realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave.
LA RIFA DEL 15 DE JULIO
En cuanto a la rifa realizada el pasado 15 de julio, Chávez Vega nos hizo llegar un balance, refrendado por el contador, Pablo Custodio Agapito en el cual se observa que el Patronato en mención tuvo una recaudación de S/. 106,444.09 soles, de los cuales ya se gastaron, S/. 5,641.00 soles.
INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Los que conforman la Junta Directiva del Patronato Cívico de apoyo a la Compañía de Bomberos Voluntarios Magdalena 36 son:
– Presidenta: Janeth Chávez Vega.
– Vicepresidente: José Zamudio
– Secretaria de Actas: Judith Gavilano
– Tesorera: Rosa Burga Álvarez
– Fiscal: María Ramos Izaguirre.
NOTA: Noticia publicada en el facebook de Léeme Noticias, el día 13 de agosto de 2021.