El distrito de San Isidro ha tomado una medida contundente para salvaguardar la salud de sus vecinos y el equilibrio ambiental. A través de la Ordenanza N° 623-MSI, publicada en el diario oficial El Peruano, queda estrictamente prohibido proporcionar alimento a las ardillas urbanas (específicamente las ardillas de nuca blanca) y otros animales silvestres en las áreas públicas del distrito.
La norma también restringe la crianza de estos animales en la vía pública o en espacios comunes sin las debidas medidas de contención.
El propósito principal de esta ordenanza, aprobada por mayoría del Concejo Municipal el pasado 28 de agosto, es prevenir los factores que favorecen la permanencia y reproducción excesiva de estos animales, que según informes municipales, representan un riesgo sanitario para la población.
Riesgo sanitario y proliferación descontrolada
La decisión se basa en informes técnicos de la Subgerencia de Gestión Ambiental de San Isidro, que alertan sobre el «riesgo sanitario por la presencia de ardillas urbanas que están dejando residuos de comida y heces como consecuencia de su excesiva proliferación». Estos informes subrayan la necesidad de adoptar medidas urgentes debido a la constante proximidad de los vecinos con estas altas concentraciones de ardillas.
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) ha respaldado la iniciativa, señalando en un informe técnico que «existe información científica publicada que sustenta el potencial zoonótico de las ardillas y palomas que se distribuyen en zonas urbanas del Perú». Serfor enfatiza la importancia de herramientas que restrinjan el incremento de estas poblaciones, como las prohibiciones de alimentación a través de ordenanzas municipales, sugiriendo que estas medidas deben complementarse con programas de control coordinados con la Administración Técnica de Forestal y de Fauna Silvestre de Lima.
Sanciones y Campaña de Sensibilización
La Ordenanza N° 623-MSI incorpora nuevas infracciones a la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de San Isidro, aprobada por la Ordenanza N° 531-MSI. Las conductas prohibidas, como proporcionar alimento a ardillas y animales silvestres en zonas públicas o criarlos en la vía pública o espacios comunes sin las medidas adecuadas, serán consideradas infracciones GRAVES y acarrearán multas equivalentes al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Consciente de la necesidad de informar a la ciudadanía, la Municipalidad de San Isidro encargará a la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización, con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, una campaña de sensibilización de treinta días. Esta campaña tendrá como objetivo principal difundir entre los vecinos los riesgos para la salud pública y ambiental que implica la sobrepoblación de ardillas urbanas.
La alcaldesa de San Isidro, Nancy R. Vizurraga Torrejón, firmó la ordenanza, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. La medida busca equilibrar la coexistencia entre la fauna silvestre y los ciudadanos, priorizando la salud y el bienestar de la comunidad sanisidrina.
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