JNE aprueba padrón de electores afiliados al Frepap para elecciones internas

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó el padrón de electores afiliados de la organización política del Frente Popular Agrícola Fía del Perú (Frepap), para su uso en las elecciones internas de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

Según Resolución N° 0181-2022-JNE, publicada este viernes en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el partido aún se encuentra en proceso de inscripción.

El padrón elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) contiene un total de 31,945 afiliados a la referida organización política.

La norma establece que se pondrá a disposición de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el referido listado, el cual se encuentra alojado en el servidor informático ftp://servicesftps.jne.gob.pe, al cual se accede con las credenciales otorgadas para tal efecto.

Entre los considerandos de la norma se detalla que la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas le remitió la relación de afiliados a Reniec con 31,997 registros y que, luego del respectivo procesamiento, se ha elaborado el padrón de electores afiliados, con un total de 31,945 registros hábiles.

La Resolución será puesta en conocimiento de la ONPE, Reniec y del Frepap para los fines pertinentes. Asimismo, será publicada en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Valla electoral

El JNE oficializó la cancelación de diversos partidos políticos tras las Elecciones Generales de Perú de 2021, en las que el Frepap no pasó la valla electoral.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, la valla electoral es el número mínimo de votos que necesita un partido político para colocar parlamentarios en el Congreso de la República. Según la Resolución N° 015-2011-JNE, se podía pasar la valla electoral de dos maneras:

Alcanzar al menos el 5% de los votos válidos a nivel nacional.

Colocar como mínimo 5 representantes al Congreso en un distrito electoral.

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